FRANCISCO REYES VILLAMIZAR
Las Memorias conversadas® son historias de vida escritas en primera persona por Isa López Giraldo.
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
– ¿Qué es la Superintendencia de Sociedades y cuál es su importancia?
Es una entidad que ha cumplido setenta y cinco años de existencia. Fue creada por medio de la Ley 58 de 1931. Sin embargo, su operación solamente comenzó en el año treinta y nueve. Inicialmente se creó como una sección comercial dependiente del gobierno “encargada de la ejecución de las leyes y decretos que se relacionen con las sociedades anónimas”. La filosofía que orientó la expedición de esa norma fue la de proteger los intereses de accionistas y terceros contra los abusos frecuentes en las sociedades anónimas.
En la ponencia de esta ley el congresista José Camacho Carreño afirmó que, aunque algunos podían hallar exagerada esta intromisión de los poderes públicos en la fiscalización de las sociedades anónimas, la creación de la Superintendencia estaba plenamente justificada, por la necesidad de defender el interés general y conjugarlo armónicamente con el interés privado.
Hoy la Superintendencia cumple una función constitucional que está consagrada en la carta política y que es ejercer la inspección, vigilancia y control sobre todas las sociedades comerciales (no solo las anónimas). Aparte de esas funciones se ha convertido en el principal tribunal de resolución de conflictos empresariales que hay en el país, porque aquí se cumplen los procesos concursales, es decir, trámites de liquidación y de reorganización empresarial de cualquier compañía que esté en crisis y se resuelven los litigios relativos a conflictos societarios de los accionistas, de los administradores y otras personas interesadas.
Así pues, la Superintendencia controla las liquidaciones, las reorganizaciones, el acatamiento de las normas de sociedades, vigila, inspecciona y controla sociedades comerciales, lleva los procesos de reorganización empresarial y de liquidación.
SOCEIDADES ANÓNIMAS
– Me llama la atención el por qué comienza solo con sociedades anónimas.
Inicialmente solamente vigilaba las sociedades anónimas que eran las compañías más importantes del país. Solo a partir del Código de Comercio de 1971 se amplió el ámbito de actividad de la Superintendencia a otros tipos de sociedad. Es decir, a las limitadas, colectivas, comanditarias y más adelante también a las sociedades por acciones simplificadas.
En ese mismo año 71 se le cambió el nombre a la entidad, pues pasó de ser Superintendencia de Sociedades Anónimas a, simplemente, Superintendencia de Sociedades. Por lo demás, ha mantenido una trayectoria de 75 años ininterrumpidos. Eso es muy importante, la tradición que tiene la entidad, su trayectoria, su respetabilidad, la credibilidad y la fortaleza institucional que se ha construido durante estas más de siete décadas de historia.
– Iniciar labores no debió ser fácil, ¿se presentó resistencia de parte de las sociedades que iban a ser vigiladas?
En efecto, al comienzo hubo una resistencia porque se consideraba para la época que podría existir una intromisión indebida del Estado en la conducta de los particulares y, consecuentemente, se aplazó la vigencia de la ley por espacio de ocho años. Por ello, la Superintendencia solo comenzó a operar en 1939.
SUPERINTENDENTES
– ¿Quién fue el primer Superintendente de Sociedades? ¿Quiénes han sido los de mayor reconocimiento y por qué?
El primer superintendente que hubo fue Manuel José Vargas, un personaje muy interesante que duró solamente un año en el cargo. Muchas de las personas que han pasado por acá han hecho grandes contribuciones al país. En particular, puedo mencionar a grandes juristas como Guillermo Ospina Fernández y José Ignacio Narváez.
No menos importantes fueron los profesores Luis Carlos Neira Archila y José Gabino Pinzón. A pesar de no haber sido superintendentes, comenzaron sus carreras en la entidad.
EVOLUCIÓN
– ¿Cómo ha evolucionado la entidad y muy especialmente desde su paso por ella hace veinte años?
Bueno, yo estuve hace veinte años, es cierto. Era una entidad un poco más pequeña. Con todo, la esencia institucional de la Superintendencia sigue siendo la misma. Lo que pasa es que se ha adaptado a las circunstancias cambiantes de la economía colombiana. Esta se ha transformado y fortalecido enormemente en las últimas dos décadas.
ESTRUCTURA
Todo ello se refleja también en la estructura de la entidad. Y ha tenido que adaptarse respecto del número de funcionarios, la infraestructura física y también las funciones que ejerce. Esto es así para poder cumplir adecuadamente con los retos mucho más exigentes que hoy tiene que afrontar. A partir del año 2008, con la crisis que se dio con DMG, asumió facultades adicionales para controlar la captación ilegal de recursos del público.
Desde entonces tiene amplias facultades para esa clase de intervenciones. Por lo demás, nuestra Delegatura para Procedimientos Mercantiles se ha convertido en el más importante tribunal empresarial que hay en el país. Resuelve toda clase de conflictos societarios en términos muy breves. Un proceso judicial se demora en la Superintendencia entre cuatro y cinco meses.
Esto es importantísimo para el desarrollo del sistema. El empresario, el accionista o el inversionista sabe que si se presenta un conflicto por razón de su vinculación a una compañía, esa disputa puede ser resuelta de manera adecuada y técnica. Por fortuna, en un lapso muy breve.
La Superintendencia se ha convertido en un gran tribunal de conflictos empresariales. Aquí no solo se resuelven los asuntos societarios, sino también los relativos a la crisis o insolvencia de las sociedades. Todo ello redunda en una mayor certidumbre y seguridad jurídica para los negocios.
La posibilidad de predecir cuál habrá de ser el sentido de las sentencias solo puede darse si el funcionario que las emite actúa de acuerdo con sus propios precedentes. De otra parte, para que las leyes sean efectivas y tengan el impacto esperado, es indispensable que se puedan aplicar en litigios concretos. Por ello es tan importante nuestra labor en la solución de conflictos.
REGRESO A CASA
– Aunque resulte evidente la respuesta prefiero escucharla de fuente directa. Usted es una persona reconocida como uno de los mayores expertos en Derecho Societario del continente. Con esta premisa quiero saber por qué decide regresar a casa, a la Superintendencia de Sociedades.
Creo que la experiencia es importante para trabajar en estos asuntos en los que hay un interés general. Me importa mucho la política pública en materia de Derecho Comercial y de sociedades. Desde hace muchos años, me ha interesado participar en el diseño de la legislación societaria. Además pienso que, mientras se pueda prestar un servicio, se debe hacer.
La función pública permite contribuir al mejoramiento de las condiciones del país. A eso aspiramos. Colombia ha progresado enormemente en la última década y la aspiración es la de contribuir de alguna forma a que sigamos avanzando.
MOMENTO ACTUAL
– ¿Qué recibe y qué dirección se propone darle?
La Superintendencia tiene enormes posibilidades de acción. Así, por ejemplo, recibe de los empresarios grandes cantidades de información. Vamos a proponer que esa información esté disponible a través de un portal específico. Que pueda ser certificada por la entidad y que, de esta forma, pueda promoverse una mayor transparencia y publicidad en la actividad de las sociedades.
Otros propósitos consisten en fortalecer el ejercicio de las facultades jurisdiccionales, especialmente en materia de resolución de conflictos societarios. También debe continuar actualizando las normas de sociedades conforme a las orientaciones más modernas. De esta manera el Derecho Societario colombiano podrá continuar a la vanguardia de los países de América Latina. Creo que en este momento eso se ha logrado, pero hay que mantener ese esfuerzo.
Ese trabajo hay que hacerlo constantemente para evitar la obsolescencia de las normas. Nos proponemos tener un proyecto de reforma a comienzos del año 2015. Este será un gran proyecto para la Superintendencia. “Ahí te doy esa chiva”.
PROBLEMAS FUNDAMENTALES
– ¿Cuáles son los problemas fundamentales que la Superintendencia de Sociedades tiene que resolver?
La Superintendencia tiene grandes retos, grandes problemas. Hay casos muy famosos, conocidos por todos. En ellos se presentan cantidad de dificultades porque hay un gran número de personas afectadas, tales como acreedores y accionistas minoritarios. En estos casos la Superintendencia actúa para intentar mitigar los perjuicios y restablecer el equilibrio quebrado entre las partes. Se aplica la Ley para que los asuntos se resuelvan como debe ser. A favor de quien ha actuado de manera correcta y en contra de quien lo ha hecho indebidamente.
Es la esencia misma de la entidad: la aplicación de las leyes comerciales en interés de la comunidad empresarial. A diferencia de lo que suele pensarse, el sistema jurídico tiene una importancia enorme en el mundo de los negocios. Es de la mayor relevancia que exista un escenario con capacidad de predecir lo que sucederá si alguien incumple la Ley.
Recientemente me decía un empresario que los fallos de la Superintendencia son extraordinarios. Lo dijo al considerar que permiten orientar la conducta de quienes dirigen las empresas. Esto es, saben qué se puede hacer legítimamente y qué está proscrito por la jurisprudencia de la entidad. Si es predecible lo que el juez o la autoridad administrativa va a decir, los individuos responsables prefieren no asumir el riesgo de actuar en violación de estas normas.
Es lo mismo que ocurre en lugares donde hay gran efectividad sancionatoria de las normas de tránsito. La conducta de los particulares se ajusta rápidamente, porque se sabe que quien viole las leyes será drástica y rápidamente sancionado.
ESTUDIO DE CASOS
– Cuando se piensa en la Superintendencia de Sociedades necesariamente se piensa en casos como el de Interbolsa, el de Sánitas, DMG. Quisiera preguntarle, ¿Cómo evolucionan dado su gran impacto social?
El caso de Interbolsa ha seguido avanzando; implica unos trámites legales. No es una sola sociedad, sino que es un gran conglomerado. Allí hay una Sociedad Comisionista de Bolsa que está vigilada e intervenida por la Superintendencia Financiera. Hay una Sociedad Administradora de Inversiones. Una holding que es la compañía matriz del grupo intervenida por nosotros. Y el Fondo Premium que es un conglomerado del que forman parte sociedades comerciales e individuos.
Lo que hemos hecho es tratar de avanzar en los distintos escenarios. Existe una intervención en el caso de este fondo y un proceso de liquidación de la sociedad matriz.
En el Fondo Premium el interventor ha ido avanzando significativamente en el proceso de presentación de sus informes. Esto es así, con el propósito de que la Superintendencia tome las decisiones pertinentes a partir del primer trimestre del año entrante.
En el caso de la liquidación de Interbolsa, el liquidador también ha logrado un progreso significativo en el proceso. Queremos acelerar estos trámites de manera que puedan cumplirse con la mayor celeridad posible. Esto para que los acreedores puedan recibir la compensación que corresponda tan pronto como sea posible.
SANCIONES
– Son muchas las empresas sancionadas por diferentes causas como Envigado Fútbol Club. ¿Se cuentan otros?
El Envigado no ha sido sancionado por nosotros. Hicimos una investigación motivada en una coordinación que se hace con la oficina para el control de activos extranjeros de los Estados Unidos (llamada OFAC). Se trata de una entidad que administra la Lista Clinton diseñada para controlar el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo.
Los funcionarios de la OFAC detectaron actividades irregulares relacionadas con los activos del Club de Fútbol del Envigado. La Superintendencia tiene facultades relacionadas con los clubes con deportistas profesionales que se hayan transformado en sociedades anónimas, como es este caso. Por ello, la Superintendencia dispuso una investigación sobre ese Club para verificar si hay algún problema de esta naturaleza. Pero esa investigación está en curso hasta ahora.
En este momento el único equipo de fútbol que está bajo investigación es este. Hace veinte años sí había varios equipos con problemas de lavado de activos. El América ya fue excluido de esa lista. En esa época se estaban comenzando las investigaciones por participación de dinero del narcotráfico en los equipos. Ese fue un trabajo que yo hice en su momento.
SOCIEDADES
– ¿Cuántas sociedades hay en Colombia?
De acuerdo con Confecámaras se tienen novecientas mil sociedades, de las cuales trescientas mil son Sociedad por Acciones Simplificadas.
SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS – S. A. S
– Usted es el padre indiscutible de las S.A.S. ¿Qué significó esta realización en su vida? ¿Qué alcances ha tenido? Entiendo que ha trascendido nuestras fronteras para ser copiada en otras latitudes.
Las S.A.S ha significado para Colombia un avance significativo en la formalización empresarial. Creo que ese es el logro principal de toda esta iniciativa. En Colombia se estima que puede haber una informalidad cercana al 50%, que es una cifra parecida a otros países de América Latina. De lo que se trata es de llevarlos hacia la vida institucional, de modo que tengan un registro, que paguen impuestos, que tengan a sus trabajadores bajo reglas legales y esa formalización lleva automáticamente al acceso a crédito.
Como es bien sabido, una sociedad o un individuo que actúa en la informalidad no puede acceder a recursos financieros y, en esa medida, su posibilidad de crecimiento es muy limitada, no tiene cómo crecer, solamente puede generar recursos internos y eso no es tan fácil.
La S.A.S ha permitido que infinidad de micro empresarios puedan acceder a la formalidad, llegar a un sistema en el cual son reconocidos como sujetos comerciales debidamente constituidos, con patrimonio independiente, con limitación de responsabilidad. Es decir, con todos los atributos y beneficios que surgen de lo que se conoce como la personalidad jurídica de la sociedad.
La S.A.S ha sido un desarrollo tan importante en Colombia que ha motivado la atención de organismos internacionales. Es evidente que los países más desarrollados no necesitan asesoría externa para producir sus legislaciones de sociedades y que tienen la capacidad institucional de crear normas nuevas en materia de sociedades. Lo atractivo de la SAS es su gran éxito en un país en vías de desarrollo como el nuestro.
ORGENISMOS INTERNACIONALES
De ahí que tanto la ONU, como la OEA han visto en esa figura un instrumento que podría implementarse en otros países en vías de desarrollo. La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional creó, a partir del año pasado, un grupo de trabajo para desarrollar una ley modelo que, en principio, tiene como inspiración la S.A.S. colombiana. Esa misma idea se tiene también en la OEA, donde ha venido avanzando el proyecto de crear un régimen jurídico homogéneo sobre sociedades para los países de América Latina y del Caribe.
FORMILIZAR
– Surge para formalizar a los pequeños pero yo me encuentro cada día con S.A.S de mayor dimensión.
Claro, hay muchísimas. Existen en todos los sectores de la industria, de todos los tamaños, porque también hay grandes empresas que han migrado hacia el sistema de las S.A.S. De hecho, el 20% de las grandes empresas colombianas son de este tipo. Las sociedades simplificadas participan en todos los ámbitos de la industria y en todas las regiones del país.
Ha sido muy interesante ver cómo este instrumento es utilizado no solamente en las capitales de los departamentos sino también en ciudades intermedias y aún en lugares apartados donde también ha llegado esta revolución que ha permeado todos los sectores empresariales.
REVOLUCIÓN NORMATIVA
– Usted fue presidente de la comisión que legisló las garantías mobiliarias que han permitido el acceso a crédito a muchos colombianos y a PYMES. ¿De qué estamos hablando exactamente?
La legislación sobre garantías mobiliarias es otro de esos instrumentos que forman parte de un contexto más amplio de reformas normativas en las que Colombia ha ido actualizando su infraestructura jurídica.
Diría que son cuatro los pilares de esta verdadera revolución normativa que empiezan en el año 1999 con la ley de comercio electrónico; en segundo término, se tiene la ley de insolvencia de 2006, donde se regulan los procesos de reorganización y de liquidación que son administrados por la Superintendencia; en tercer lugar, la ley de sociedades por acciones simplificadas de 2008; y en último término, la ley de garantías mobiliarias de 2013. Todas estas normas tienen una importancia crítica en asuntos empresariales.
La Ley de garantías mobiliarias les facilita, especialmente a los micro empresarios, el acceso al crédito mediante el otorgamiento en garantía de bienes distintos de los bienes inmuebles porque, normalmente, las entidades financieras requieren de garantías hipotecarias para conferir crédito.
Esta Ley pretende que a partir de la entrega en garantía de una serie de bienes muebles, los empresarios de menor dimensión puedan acceder a recursos de crédito. El activo que se da en garantía puede circular. Así, por ejemplo, podría ser una cosecha, bienes en tránsito, inventarios, materias primas, etc.
REGISTRO ELECTRÓNICO
El registro es electrónico y permite una publicidad muy rápida de las garantías que se van otorgando. La ley dispone que este registro es administrado por Confecámaras.
Cuando menciono que la garantía puede ser circulante, hago referencia a que si, por ejemplo, el empresario tiene como objeto la manufactura de muebles, puede dar en garantía, inicialmente, las materias primas, tales como la madera. Cuando ésta se convierte en muebles terminados, la garantía persigue a los artículos producidos. Si éstos últimos se venden, el dinero que ingresa sigue estando afecto al pago de la deuda.
MECANISMOS DE EJECUCIÓN
Por lo demás, la parte más importante de la ley, está en los mecanismos de ejecución de la garantía que son mucho más expeditos comparados con los que existen en las leyes procesales tradicionales. O sea que el acreedor puede fácilmente cobrar el crédito contra la garantía otorgada sin incurrir en un proceso demasiado engorroso. Así, la entidad financiera puede reducir su nivel de riesgo frente al crédito otorgado.
Me explico, cuando es muy difícil ejecutar la garantía, el riesgo del prestamista es mayor y, consecuentemente, las condiciones del crédito pueden ser menos favorables para quien lo toma, por ejemplo, la tasa de interés puede ser más alta, el plazo puede ser más breve, en fin, las condiciones pueden ser menos blandas.
Por el contrario, cuando la entidad financiera tiene la certeza de que el crédito puede ser pagado o satisfecho rápidamente mediante la ejecución de la garantía, su nivel de riesgo se reduce y, por consiguiente, se esperaría también que se redujera la expectativa de remuneración del banco, es decir, la tasa de interés que cobra por el préstamo.
MIGRACIÓN
Eso es de lo que se trata esta Ley que es muy nueva. Sin embargo, ya se han producido más de un millón de registros de garantías mobiliarias, de los cuales cerca de doscientos mil corresponden a nuevas garantías. Los demás, son garantías constituidas anteriormente que han migrado al nuevo registro que lleva Confecámaras.
Se trata, pues, de una iniciativa importante que, sumada al régimen de sociedades, al de insolvencia y al de comercio electrónico, da lugar a un marco normativo muy apropiado para la realización de negocios en Colombia. Claro que esto no quiere decir que no haya cosas que hacer para seguir avanzando en este proceso para proponer normas más amigables y más propicias para el comercio.
Colombia ha ido avanzando en el índice del “Doing Business”, hasta el punto de que en la actualidad ocupa el segundo puesto en materia de acceso al crédito, es decir que avanzó 53 puestos gracias a esta Ley de Garantías Mobiliarias.
CLIMA DE NEGOCIOS
– Imposible no mencionar que me emociona ver cómo desde el sector financiero, se estudian estas alternativas de garantía, es un gran avance.
Colombia se encuentra en el puesto 34 en el mencionado índice de clima de negocios. Así, conforme al Banco Mundial, es el país más amigable para hacer negocios en América Latina. Este índice es muy importante, pues es frecuentemente consultado por los empresarios internacionales a la hora de hacer inversiones en cualquier parte del mundo.
INSOLVENCIA
– También fue presidente de la comisión gubernamental de reforma al régimen de concursos en un país y un mundo muy competitivos. ¿En qué consistió esa reforma y qué beneficios trajo?
Esa es una reforma parcial al sistema de insolvencia, efectuada por medio de la Ley 1429 del año 2010. Lo que se hizo fue, simplemente, facilitar la presentación de las solicitudes de reorganización de una compañía en situación de insolvencia. Me explico, antes era muy engorroso ser admitido a este trámite.
Había que presentar demasiados documentos. Lo que hicimos con esta ley fue reducir el “umbral de entrada” de manera que un empresario que está en crisis pueda rápidamente resolver su problema concursal, lo cual ha agilizado la admisión a los procedimientos de reorganización empresarial. Esta misma ley también incluye una serie de disposiciones diseñadas para facilitar la liquidación de sociedades, pues este trámite era muy complejo y ahora se ha facilitado enormemente.
REFORMAS
– Como éstas tiene muchas más realizaciones aún por fuera de cargos públicos, rayando, puliendo, hasta entregar múltiples reformas. Citemos algunas y cuéntenos sobre qué otras está trabajando actualmente.
Como ya lo mencioné, estamos trabajando en un nuevo proyecto de reforma al régimen de sociedades. Se trata de un proyecto fundamental para el año que comienza. Creo que si lo logramos la contribución al sistema sería enorme.
La norma que vamos a proponer tiene varios capítulos, uno de ellos está orientado a permitir que ciertas ventajas de la S.A.S. puedan aplicársele también a las formas asociativas tradicionales, es decir, a las Anónimas, Limitadas y Comanditarias. Otra parte tiene que ver con el régimen de responsabilidad de los administradores para hacerlo menos exigente en algunos aspectos y más exigente en otros. Se suele pensar que las nuevas normas deben arreciar la responsabilidad y esto no es necesariamente cierto.
En ciertos casos conviene también atenuar la responsabilidad. Por último, el proyecto de ley pretende una redefinición de las facultades que la misma Superintendencia tiene para hacerla más moderna, más actual, más acorde con las necesidades contemporáneas.
RESPONSABILIDAD
– ¿En qué casos puede ser menos rigurosa la responsabilidad de los administradores?
Por ejemplo, los sistemas más avanzados han llegado a la conclusión de que el administrador debe tener una gran discrecionalidad para tomar decisiones de negocios. De ahí que se considere que el juez no tiene porqué inmiscuirse en determinaciones relativas al desarrollo del objeto social, por el solo hecho de que los resultados de una decisión de negocios hayan sido negativos para la compañía. Me explico: un gran administrador, que es audaz y de gran inteligencia, puede en un determinado momento incurrir en el negocio equivocado, de manera que surjan pérdidas para la sociedad.
Esta circunstancia no debería ser penalizada si el individuo ha actuado de buena fe. No se le puede tratar como si fuera “un buen padre de familia” cuya responsabilidad es tan solo la conservación del patrimonio familiar. Por el contrario, se espera que el administrador tome riesgos razonados. La fórmula del éxito en los negocios no ha sido aún inventado. La única forma de crear riqueza es por medio de la asunción de riesgos.
El sistema debe ser más severo en la represión de la mala fe, las conductas fraudulentas, las actividades desleales y los conflictos de interés en que pueden incurrir los administradores. Pero también debe atenuar el rigor normativo cuando no hay mala fe sino toma de riesgos por parte de los empresarios.
OCDE
– ¿Por qué es tan importante la OCDE para Colombia? Entiendo que su papel allí es protagónico.
La OCDE es la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. Es una especie de club de países desarrollados de alta sofisticación. Allí están todos los países de “Europa Occidental”, Estados Unidos, Canadá y Japón. Es decir que las naciones que han tenido éxito económico han ingresado en esta organización, cuyo objetivo es propiciar un sistema de estandarización normativa y de buenas prácticas que son adecuadas para la economía.
En esa organización entran únicamente aquellos países que tengan las mejores prácticas desde el punto de vista de la economía, o sea, prácticas fiscales adecuadas, reglas comerciales justas, normas acordes con las realidades contemporáneas. Por ello es tan importante el ingreso de Colombia en esa organización.
PAÍSES EN VÍA DE DESARROLLO
En los países en vías de desarrollo es frecuente la comparación de sus estándares respecto de naciones que correspondan al mismo nivel de desarrollo económico, en lugar de observar a aquellos países que se caracterizan por los más elevados estándares. Creo que uno de los factores principales de progreso en cualquier ámbito es compararse con los mejores.
Y es esto, precisamente, lo que el país está tratando de hacer para ingresar en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico: adoptar las prácticas más sofisticadas en todos los ámbitos, incluidos los de gobierno corporativo y los de represión de la actividad de corrupción internacional de las sociedades. De allí que la Superintendencia tenga cierto protagonismo en este punto.
A partir del Proyecto de Ley 159 del 2014 Colombia pretende adoptar un sistema de represión del soborno transnacional, es decir, que las compañías colombianas que le paguen a funcionarios extranjeros para ganarse licitaciones, etc, van a ser objeto de sanciones en Colombia. Además, el proyecto prevé que las facultades de investigación y sanción se van a adelantar aquí mismo en la Superintendencia.
SERVIDOR PÚBLICO
– ¿Cuáles deben ser los principales valores que orienten a un servidor público?
No es algo que me corresponda definir. Pero parece evidente que hay que comenzar por uno que es obvio e implícito, que es la honestidad en el manejo de asuntos públicos. Me parece que hay otro que es la eficiencia, indudablemente. Por lo demás, es importante el conocimiento de los asuntos que le corresponden al funcionario. En síntesis, un empleado eficiente, versado en sus asuntos y, sobre todo, honesto representaría el paradigma al que habría que aspirar.
PRINCIPIOS ÉTICOS
– La Superintendencia de Sociedades es una entidad, que al igual que a su cabeza visible, la guían unos inamovibles principios éticos.
Indudablemente, porque tratándose de una entidad que tiene por función aplicar la Ley, tanto en funciones administrativas como jurisdiccionales, los principios de legalidad y de la ética son fundamentales en el funcionamiento de la entidad.
– ¿Qué podemos esperar de la Superintendencia de Sociedades?
La Superintendencia, de una credibilidad enorme, puede suministrarle al conglomerado empresarial seguridad jurídica y certidumbre sobre la aplicación de las normas sobre sociedades, insolvencia y los demás trámites de intervención que se aquí se cumplen.
Creo que esa es la imagen que tiene la entidad. No seré yo quien venga a construirla. Esa es la gran ventaja de llegar a un cargo en una entidad que tiene setenta y cinco años de tradición y donde la respetabilidad ya está cimentada en el país, en sus instituciones.
La Superintendencia ya tiene un espacio honorífico dentro del sistema y, en esa medida, lo que hay que hacer es seguir avanzando por ese camino.
– Está recibiendo el fruto de su trabajo.
ACADÉMICO
– Usted es un protagonista relevante en el mundo intelectual y académico. ¿Cómo lo nutre el dictar una cátedra, qué entrega, cómo se brinda a los suyos?
La cátedra ha sido para mí una actividad permanente, porque me permite estar actualizado y estar en contacto con los estudiantes que representan un reto intelectual. Esta experiencia puede ser útil en una entidad como la Superintendencia, porque muchas de las tareas que se cumplen aquí tienen también un contenido académico. Así, por ejemplo, somos responsables de publicar la doctrina y la jurisprudencia de la Superintendencia, es decir, le contamos al público cómo se interpreta la ley y esa es una actividad muy relacionada con el mundo académico.
– Recuérdenos cómo ha sido su trayectoria en ese sentido.
He sido profesor durante varias décadas de Derecho Comparado en varias universidades de Estados Unidos, Europa, Latinoamerica y Africa. Es interesante analizar lo que está pasando en varias partes del mundo y pienso que puede ser útil para el diseño de política legislativa. El ejercicio de comparación permite tener una aproximación mucho más efectiva en los procesos de reforma.
LIBROS
– ¿Cuántos libros ha escrito?
Tengo diez libros publicados, algunos en Colombia, otros en Estados Unidos (Derecho de Sociedades Latinoamericano), en Brasil (Derecho Comparado) y en Argentina (Análisis Económico del Derecho).
Publicado por Blogger en El Blog de Isa el 12/29/2014